Informe Palestina

El párrafo 11 de la resolución del artículo 194 de la ONU dice: “Resuelve que debe permitirse a los refugiados que deseen regresar a sus hogares y vivir en paz con sus vecinos, que lo hagan así lo antes posible, y que deberán pagarse indemnizaciones a título de compensación por los bienes de los que decidan no regresar a sus hogares y por todo bien perdido o dañado cuando, en virtud de los principios del derecho internacional o por razones de equidad, esta pérdida o este daño deba ser reparado por los Gobiernos o autoridades responsables”.

En ¿Por qué no te callas? Ema Zelikovitch nos habló de la situación que se vive allí actualmente.

Otros programas para escuchar

Informe Palestina

El párrafo 11 de la resolución del artículo 194 de la ONU dice: “Resuelve que debe permitirse a los refugiados que deseen regresar a sus

Ver galería »

Menú

Buscar

Compartir

Facebook
Twitter
Email
WhatsApp
Telegram
Pocket

Gracias por comunicarte con PEDAL. Creemos que la comunicación es movimiento, y por eso queremos que seas parte.
Nuestra vía de comunicación favorita es encontrarnos. Por eso te invitamos a tocar timbre en Casa en el aire: San Salvador 1510, un espacio que compartimos con otros colectivos: Colectivo Catalejo, Colectivo Boniato, Cooperativa Subte y Palta Cher.

Te esperamos.