¿Por qué es necesaria una ley integral trans?

En Colectivos inauguramos “Emer-gentes”, una columna quincenal donde vamos a abordar diferentes problemáticas sociales intentando ir más allá de lo que emerge —más allá de lo aparente— para generar un espacio de pienso compartido. Allí trataremos de poner en palabras, dar forma y complejizar algunas angustias sociales que nos afectan cotidianamente y haremos visible su vínculo con fenómenos más estructurales que es necesario sacar a la luz para que nos comprendamos mejor como sociedad.

En esta primera edición tratamos el proyecto de Ley Integral para Personas Trans, un tema de interés para la sociedad en su conjunto.

¿Trans qué?

Lo primero que surge al pensar en las personas trans es una serie de preguntas bastante obvias… o no tanto: ¿quiénes son las personas trans?, ¿qué es ser trans? y necesariamente, por contraposición, ¿qué es no ser trans?, ¿qué es ser cis?

Una rápida consulta de definiciones de Wikipedia nos aclaró un panorama, que podríamos resumir de la siguiente forma. Nacemos con un sexo (varón o mujer), definido en función de ciertas características biológicas. La sociedad nos atribuye un género, una serie de roles, comportamientos, actitudes y características socialmente construidas que se asocian a cada sexo (roles masculinos y roles femeninos). Si nos identificamos con ese género que se asocia a nuestro sexo, somos lo que se conoce como cisgénero, y si no nos identificamos con ese género, somos transgénero.

Estas definiciones, aunque parezcan claras, se complejizan cuando las contraponemos a algunos de los cuestionamientos provenientes de la teoría queer, corriente teórica surgida en la década de los 90 para abordar cuestiones de la diversidad sexual y la deconstrucción de las identidades sexuales estigmatizadas. En esta ocasión, nos acercamos a esta perspectiva a través del pensamiento de Paul Beatriz Preciado.

Preciado no solo tira por la borda las categorías de género, sino también las categorías de sexo. La idea de fondo es que hay tantas formas corporales que no tiene sentido encasillarlas en dos sexos. Ese límite entre un sexo y otro es una construcción médico-científica que se consolida, según Preciado, en la Revolución Industrial, cuando los cuerpos pasaron a ser valorizados en función de su capacidad reproductiva y cualquier cuerpo que se presentase como disfuncional a este fin era descalificado. En ese marco, la homosexualidad, el lesbianismo, la intersexualidad y la transexualidad fueron construidos como identidades sexuales subalternas. Desde entonces la sociedad —en la escuela, en el documento de identidad, a la entrada de un recital y en infinidad de otras situaciones— nos empuja constantemente a pensar que los seres humanos podemos vivir exclusivamente como hombres o como mujeres, cuando en realidad la identidad de género puede tomar otras muchas formas.

Según Preciado, es en la deconstrucción de estas categorías de género donde se puede producir el cambio más radical de nuestro tiempo. Esta mirada nos permite pensar a las personas —cuya identidad de género desborda estas categorías binarias— no solo como sujetos con derechos vulnerados en una sociedad que niega su identidad, sino también como sujetos políticos que tienen un rol transformador en la sociedad.

Des-vulnerando a la población trans en Uruguay

Se afirma que la población trans es discriminada y privada históricamente de la posibilidad de gozar de las libertades más básicas y de tener una vida digna en nuestro país. ¿Qué evidencias tenemos al respecto?

Para conocer algunas características de la población trans hoy, tomamos datos del Censo de Personas Trans realizado en 2016 por el Mides (Ministerio de Desarrollo Social) en convenio con la Universidad de la República, y conversamos con el Turco Márquez, médico, docente y referente de ASSE para la atención a la salud de las personas trans en la Policlínica Integral para Personas Trans en el hospital Saint Bois.

Hicimos dialogar estos datos, que dan cuenta de la vulneración de derechos de la población trans en diferentes dimensiones del bienestar, con algunos de los artículos del proyecto de Ley Integral para Personas Trans, que se encuentra actualmente en discusión en la Comisión de Población, Desarrollo e Inclusión del Senado.

Esta ley justamente busca considerar y reparar la complejidad de la situación de exclusión y discriminación que enfrenta y ha enfrentado la población trans. En este sentido, se establece una serie de acciones afirmativas que tienen por objetivo revertir los mecanismos de discriminación y estigmatización, y garantizarles a las personas trans el pleno ejercicio de sus derechos de ciudadanía.

Según los datos del censo, la población trans en Uruguay es de 933 personas, de las cuales un 88% es mujer trans y un 12%, varón trans. El 40% del total se concentra en Montevideo, distribución similar a la registrada para el total de la población nacional.

La edad promedio de las personas trans censadas es de 36 años. Casi el 50% tiene entre 18 y 50 años. Estos datos nos permiten afirmar que se trata de una población joven, aunque también es posible pensar que hay cierta subdeclaración en la población mayor, dado que es esperable que los niveles de estigmatización hacia esta población sean mayores entre las generaciones más viejas.

Un dato importante que sale del censo es que la mayor parte de la población trans (62%) no ha realizado ni iniciado el trámite para el cambio de nombre y de sexo en el documento de identidad. A este respecto, el artículo 5 del proyecto de ley, titulado “Adecuación de nombre y/o sexo en documentos identificatorios”, propone una flexibilización para el trámite e incluye a los menores de edad.

Según datos del censo, las personas trans suelen tener un abandono temprano del hogar de origen, lo cual sucede en promedio a los 18 años de edad. El 42% declara que el factor principal que explica esto es la existencia de problemas familiares a partir del proceso de destape, momento en el que la persona revela su identidad a su entorno y comienza a vivir todo el tiempo de acuerdo a esta. A su vez, el 58% de las personas declaran haber sido discriminadas por algún familiar.

Respecto a las trayectorias educativas de las personas trans, los datos censales indican que el 61% no ha finalizado el Ciclo Básico y que la edad promedio de abandono del sistema educativo son los 14 años. La temprana deserción se puede asociar, además de con las condiciones materiales y las necesidades de los jóvenes trans por ingresar al mercado de trabajo, con una fuerte discriminación que declaran sufrir en los centros de enseñanza. En este sentido, los artículos 13 y 14 del proyecto de ley atienden este tema y promueven la inclusión en el sistema educativo a través de apoyo psicológico y pedagógico, no discriminación, participación de programas de culminación de estudios, cuotas de 2% en becas y apoyos estudiantiles, y 8% de los fondos de las becas Carlos Quijano.

Otro ámbito donde las personas trans sufren fuerte discriminación es el laboral. Una de cada tres personas trans se encuentra desocupada. El 72% de estas buscó empleo y no lo consiguió, hecho que el 61% de las mujeres trans y el 45% de los varones trans atribuyen a razones de discriminación por su identidad de género. Entre las personas ocupadas solo el 24% tiene un empleo formal. El 33% de las personas denuncia haber sido discriminada en el trabajo. El 32% ejerce el trabajo sexual; más del 70% de las mujeres trans ha sido alguna vez trabajadora sexual, mientras que en el caso de los hombres este valor es menor al 25%.

Los artículos 9, 10 y 11 del proyecto de ley abordan la dimensión laboral: proponen cuotas del 1% para los puestos de trabajo estatales a ser llenados en el año, cupos del 1% en cursos en el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional y beneficios para inversores que incorporen personas trans en su plantilla de trabajo.

En lo que refiere a la cobertura y el acceso a la salud, el 96% de las personas trans se atiende en algún centro de salud: 84% en salud pública, 11% en mutualistas y 2% en emergencias móviles. Un 30% señaló que estando enferma no consultó a un médico. El 29% de las personas censadas declara haber sufrido alguna situación de discriminación en los centros de salud. El artículo 16 del proyecto de ley promueve el derecho a la salud a través del Sistema Nacional Integrado de Salud sin ningún tipo de discriminación o patologización.

Con respecto a la intervención quirúrgica de cambio de sexo, el 38% de la población trans censada declara que no lo hizo, pero que le gustaría hacerlo; el 61% no tiene interés en realizarla, y el 1% restante la ha realizado. El 24% de las personas trans en algún momento se inyectaron alguna sustancia en su cuerpo para cambiar su apariencia física. De estas, el 73% se inyectó silicona líquida, el 21% aceite de motor y el resto aceite mineral u otras sustancias. Entre las personas trans que se hormonizan, el 51% lo hace con prescripción médica, el 37% por autoindicación y el 11% por indicación de amigos. De aquellas personas que se hormonizan con prescripción médica, el 85% lo hace en dependencias públicas.

Sobre esta realidad, el Turco Márquez destaca la importancia de reconocer que el mercado clandestino para las readecuaciones corporales existe en nuestro país y que los riesgos en salud en este sentido son alarmantes, por lo que urge la regularización de estas transformaciones en el marco del sistema de salud. No es solo una cuestión de derechos, sino que también tiene un fundamento económico: de seguir alimentando los mercados ilegales, el Estado deberá pagar altos costos en atención en salud para subsanar los daños causados por las malas prácticas en estos mercados, afirma Márquez.

Las adaptaciones corporales están previstas en la Ley. Al respecto surge uno de los puntos que ha despertado más controversias: la posibilidad de que los menores accedan a estos tratamientos, derecho establecido en el artículo 17 del proyecto de ley y fundado en el artículo 8 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Este establece que todo niño y adolescente goza de los derechos inherentes a la persona humana, que serán ejercidos de acuerdo a la evolución de sus facultades y que, en todo caso, tiene derecho a ser oído y obtener respuestas cuando se tomen decisiones que afecten su vida.

Las evidencias acerca de la falta de equidad y la exclusión en el acceso a derechos de la población trans en nuestro país son contundentes por donde se las mire.

El proyecto de Ley Integral para Personas Trans nos da la oportunidad de repensarnos como sociedad, de deconstruir la forma en que concebimos la identidad de género, de reparar e incluir a uno de los grupos más discriminados históricamente. Ante todo nos da la oportunidad de ser una sociedad con más libertades y, por tanto, más justa.

Sobre estos temas y más conversamos en la primera columna de “Emer-gentes”. Te invitamos a escuchar el audio acá.

Texto: Fanny Rudnitzky y Mariana Tenenbaum

Foto: FreeJPG

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